El 31 de marzo de 2025 se publicó en el Diário da República la Ley nº 33/2025, la cual establece el reconocimiento legal de la violencia obstétrica en Portugal, introduciendo medidas específicas para la prevención y erradicación de prácticas inapropiadas en el ámbito del parto y la salud reproductiva.
Esta ley marca un período paradigmático en el ordenamiento jurídico portugués al reconocer por primera vez, legalmente la violencia obstétrica. La iniciativa legislativa responde a reivindicaciones históricas de mujeres y organizaciones de la sociedad civil, que desde hace años denuncian públicamente prácticas deshumanizadas en el ámbito de la salud reproductiva, particularmente durante el parto.
Según el artículo 2 de la ley, se define la violencia obstétrica como:
"La acción física y verbal ejercida por profesionales de la salud sobre el cuerpo y los procedimientos en el área reproductiva de las mujeres u otras personas gestantes, que se expresa en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización o la patologización de los procesos naturales, desconociendo el régimen de protección en la preconcepción, la procreación médicamente asistida, el embarazo, el parto, el nacimiento y el puerperio."
Esta definición introduce, de forma innovadora, un marco normativo de protección de los derechos sexuales y reproductivos, rompiendo con la invisibilidad jurídica que había predominado hasta entonces.
La Ley nº 33/2025 establece un conjunto de disposiciones preventivas, educativas y sancionadoras, entre las que destacan las siguientes:
3.1 Registro obligatorio de los actos clínicos
Se impone la obligación de registro obligatorio y la justificación de todos los actos médicos y de enfermería realizados durante el embarazo y el parto con el objetivo de garantizar la transparencia clínica y la responsabilidad profesional.
3.2 Prohibición de la episiotomía sistemática
Se prohíbe la práctica sistemática e injustificada de episiotomías, previéndose sanciones económicas para las instituciones hospitalarias, así como procedimientos disciplinarios para los profesionales sanitarios que incumplan esta norma.
3.3 Creación de la Comisión Multidisciplinar para los Derechos del Embarazo y el Parto
Esta Comisión será responsable de supervisar la aplicación de la ley, elaborar informes anuales sobre la satisfacción de las usuarias y desarrollar campañas de sensibilización dirigidas tanto a la sociedad civil y los profesionales de la salud.
3.4 Educación sexual y formación profesional
La ley exige la inclusión de contenidos sobre violencia obstétrica en los programas de educación sexual, así como en la formación técnica y ética del personal sanitario, promoviendo una cultura de respeto hacia la autonomía corporal y reproductiva.
En el ámbito de la Unión Europea, aún no existe un marco jurídico que reconozca la violencia obstétrica como una categoría específica de violencia de género. No obstante, tanto el Parlamento Europeo como la Comisión Europea han emitido recomendaciones para combatir las prácticas obstétricas abusivas.
4.1 Experiencia comparada:
En este contexto, Portugal se posiciona como pionero a nivel europeo, y la Ley nº 33/2025 podría constituir un modelo legislativo para futuras iniciativas en la Unión Europea.
La Ley nº 33/2025 representa un avance significativo en materia de justicia reproductiva en Portugal. Al establecer garantías jurídicas frente la medicalización excesiva y a la vulneración de la dignidad de la mujer gestantes, la ley contribuye a la humanización de la atención sanitaria durante el ciclo embarazo-puerperio.